

Requisitos:
- 30 años cotizados.
- Cumplir con la edad requerida.
Monto de Pensión: 100% del sueldo regulador.
Fundamento: Artículos 52 y 53 y transitorios: Décimo Sexto, Décimo Séptimo y Décimo Octavo de la Ley del ISSSTEZAC
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada (fotografía reciente tamaño infantil).
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- Copia de la baja definitiva generada por el ente público, si es el caso.
- Acta de nacimiento expedida en fecha no mayor a 3 meses.
- CURP.
- Copia de identificación oficial.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o constancia de concubinato si es el caso.
- Acta de nacimiento de los familiares beneficiarios, si es el caso.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago.
- Constancia de situación fiscal.

Requisitos:
- 30 años cotizados.
Monto de Pensión: Al 100% del sueldo regulador al que se le descuenta un 3% por cada año que falte para cumplir con la edad requerida.
Fundamento: Artículo 56 y transitorio: Décimo Octavo de la Ley del ISSSTEZAC

Documentación requerida
- Formato de solicitud debidamente requisitado.
- Fotografía tamaño infantil.
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- CFDI de las últimas 72 quincenas (tres años).
- Copia de la baja definitiva generada por el ente público, si es el caso.
- Acta de nacimiento original.
- C.U.R.P.
- Copia de identificación oficial.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o resolución judicial de concubinato según sea el caso.
- Acta de nacimiento original de los familiares derechohabientes (si es el caso).
- Cédula de identificación fiscal.
- Cuenta Bancaria para el depósito de la pensión.


Requisitos:
- 60 años de edad
- 15 años cotizados
Monto de Pensión: Varía del 50 al 96% del sueldo regulador en función de los años cotizados
Fundamento: Artículos 54 y 55 y transitorios; Décimo Sexto y Décimo Noveno de la Ley del ISSSTEZAC
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada (fotografía reciente tamaño infantil).
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- CFDI de las últimas 72 quincenas (36 meses).
- Copia de la baja definitiva generada por el ente público, si es el caso.
- Acta de nacimiento expedida en fecha no mayor a 3 meses.
- CURP.
- Copia de identificación oficial.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o constancia de concubinato si es el caso.
- Acta de nacimiento de los familiares beneficiarios, si es el caso.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago.
- Constancia de situación fiscal.


Requisitos:
- Ser trabajador derechohabiente del ISSSTEZAC.
- Dictamen de incapacidad por riesgo de trabajo expedido por el IMSS.
Monto de Pensión: 100% sueldo regulador.
Fundamento: Artículos 57, 58, 59, 60, 62, 63 y 64 y Transitorios Décimo Sexto de la Ley del ISSSTEZAC
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada (fotografía reciente tamaño infantil).
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- Dictamen de incapacidad permanente por riesgo de trabajo o dictamen de invalidez permanente por accidente o enfermedad no considerado riesgo de trabajo expedidos por el IMSS, según el caso.
- Hoja de resolución de pensión por incapacidad o invalidez expedida por el IMSS.
- CFDI de las últimas 72 quincenas (36 meses).
- Copia de la baja definitiva generada por el ente público.
- Acta de nacimiento.
- CURP.
- Copia de identificación oficial.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o constancia de concubinato si es el caso.
- Acta de nacimiento de los familiares beneficiarios, en su caso.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago.
- Constancia de situación fiscal.


Requisitos:
- 5 años de cotizaciones.
- Dictamen de incapacidad definitiva por el IMSS.
Monto de Pensión: Varía del 50% al 98% del sueldo regulador, en función de años cotizados.
Fundamento: Artículos 57, 58 fracción II, 59, 61, 62, 64 y Transitorio Décimo Sexto de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas en vigor.
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada.
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- Dictamen de incapacidad permanente por riesgo de trabajo o dictamen de invalidez permanente por accidente o enfermedad no considerado riesgo de trabajo expedidos por el IMSS, según el caso.
- Hoja de resolución de pensión por incapacidad o invalidez expedida por el IMSS.
- CFDI de las últimas 72 quincenas (36 meses).
- Copia de la baja definitiva generada por el ente público.
- Acta de nacimiento.
- Copia de identificación oficial.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o constancia de concubinato si es el caso.
- Acta de nacimiento de los familiares beneficiarios, en su caso.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago.
- Constancia de situación fiscal.

1
Requisitos:
Ser familiar beneficiario del
pensionado por jubilación, vejez, jubilación anticipada o invalidez.
Documentación requerida
- Formato de solicitud, debidamente requisitado (Fotografía reciente tamaño infantil).
- Acta de defunción original.
- Comprobante del último pago recibido por el pensionado.
- Acta de nacimiento del solicitante.
- C.U.R.P. del solicitante.
- Copia de identificación oficial vigente del pensionado y del solicitante.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o resolución judicial que acredite el concubinato con la fecha de expedición posterior al fallecimiento, según sea el caso.
- Constancia de estudios actualizada en caso de hijos mayores de 18 años, si es el caso.
- En caso de hijos mayores de 18 años: testimonio de no tener trabajo remunerado, constancias de estudios actualizadas y constancia de no matrimonio.
- Dictamen expedido por el IMSS, para hijos mayores de 18 años incapacitados.
- En caso de menores de edad o incapacitados, el tutor presentará la documentación, previa acreditación de tutela.
- Resolución judicial de dependencia económica tratándose de los ascendientes del pensionado.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago, Constancia de Situación Fiscal.
2
Requisitos:
Ser familiar beneficiario del trabajador derechohabiente,
que fallezca por riesgo de trabajo.
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada (fotografía reciente tamaño infantil).
- Acta de defunción original.
- Constancia de reconocimiento de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- CFDI de las últimas 72 quincenas (36 meses).
- Dictamen de defunción por riesgo de trabajo (ST-3) expedido por el IMSS.
- Hoja de resolución de pensión por riesgo de trabajo expedida por el IMSS.
- Copia del movimiento de baja definitiva generado por el ente público.
- Acta de nacimiento del solicitante y del trabajador derechohabiente.
- CURP del solicitante y del trabajador derechohabiente.
- Copia de identificación oficial del trabajador derechohabiente y de los solicitantes.
- Comprobante reciente de domicilio.
- Acta de matrimonio o resolución judicial que acredite el concubinato, según sea el caso.
- En caso de hijos mayores de 18 años: testimonio de no tener trabajo remunerado, constancias de estudios actualizadas y constancia de no matrimonio.
- Dictamen expedido por el IMSS, para hijos mayores de 18 años incapacitados.
- Cuando los hijos sean menores de edad o incapacitados el tutor hará la solicitud a nombre de ellos, previa comprobación de la tutela.
- Resolución judicial que justifique la dependencia económica si se trata de pensión por ascendencia, Constancia de Situación Fiscal.
Monto de Pensión: 80% de la pensión mensual.
Se distribuirá en partes iguales entre los beneficiarios.
Fundamento Ley ISSSTEZAC:
-
Artículos 4, 66, 67 y 68 de la Ley del ISSSTEZAC
Fundamento Ley ISSSTEZAC:
-
Artículos 4, 48, 66, 67, 69 y 70 y Transitorios Décimo sexto, Décimo séptimo, Décimo octavo y Décimo noveno de la Ley del ISSSTEZAC


Requisitos:
- Ser hijo del trabajador derechohabiente que fallezca, menor de edad o hasta los 25 años, siempre y cuando se comprueben estudios hasta nivel licenciatura o con discapacidad dictaminada por el IMSS, que estén libres de matrimonio y no cuenten con un trabajo remunerado.
- 15 años cotizados.
Monto de Pensión: 60 salarios mínimos vigentes.
Fundamento: Artículos 4to. fracción X y 71 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas en vigor
Documentación requerida
- Solicitud debidamente requisitada (fotografía reciente tamaño infantil).
- Acta de defunción original.
- Constancia de antigüedad expedida por el ISSSTEZAC.
- CFDI.
- Acta de nacimiento del solicitante.
- CURP del solicitante.
- Copia de identificación oficial vigente del trabajador derechohabiente fallecido y del solicitante.
- Comprobante reciente de domicilio del solicitante.
- En caso de hijos mayores de 18 años: testimonio de no tener trabajo remunerado, constancias de estudios actualizadas y constancia de no matrimonio.
- Dictamen expedido por el IMSS, para hijos mayores de 18 años incapacitados.
- Cuando los hijos sean menores de edad o incapacitados el tutor hará la solicitud a nombre de ellos debiendo acreditar la tutela.
- Copia de encabezado de estado de cuenta bancario o documento formal emitido por la institución bancaria, para transferencia del pago.
- Constancia de situación fiscal.
- Correo Electrónico.